domingo, 17 de febrero de 2013

CABILDO GENERAL ORDINARIO


Se convoca al CABILDO GENERAL DE HERMANOS, a la SESIÓN ORDINARIA que se celebrará (D.m.), el próximo día 9 de Marzo de 2013, sábado, en la Parroquia de San Lorenzo Mártir (entrada por la puerta de la C/ Armengual), a las 17:00 horas en primera convocatoria; y a las 17:30 horas, en segunda convocatoria, con el siguiente:
ORDEN DEL DÍA
1.   Lectura del Acta del último Cabildo celebrado.
2.   Lectura y aprobación, si procede, de la Memoria Informativa de Actividades del Ejercicio 2012.
3.   Lectura y aprobación, si procede, del Proyecto Anual de Actividades Ejercicio 2013.
4.   Lectura y aprobación, si procede, del Estado de Cuentas y del Resumen General de Ingresos y Gastos correspondiente al Ejercicio 2012.
5.   Lectura y Aprobación, si procede, del Presupuesto del Ejercicio 2013.
6.   Ruegos y Preguntas.
7.   Aprobación del Acta del Cabildo Celebrado.
CENSO DE HERMANOS: Mayores de 18 años, con al menos, un año de antigüedad en la Archicofradía.
PUBLICACION DEL CENSO: Del 22 de Febrero al 8 de Marzo, ambos inclusive, en horarios de Secretaría: martes y miércoles de 19:00 a 21:00 horas. Durante los 5 primeros días naturales, los hermanos podrán realizar las reclamaciones sobre el Censo que consideren oportunas.
ESTADO DE CUENTAS, MEMORIA Y PRESUPUESTO A DISPOSICIÓN DE LOS HERMANOS: Del 1 al 8 de Marzo, ambos inclusive, los hermanos podrán pedir aclaración a los responsables y en su caso, solicitar por escrito las mismas para que se lleven a efecto en el Cabildo General.
Artículo 30º. Apartado 2.
La falta injustificada de pago de cualquiera de las cuotas legítimamente establecidas, impedirá al Hermano deudor disfrutar de los derechos reconocidos de participación en las sesiones del Cabildo General de Hermanos y en la procesión anual, así como poder presentar su candidatura a miembro de la Junta de Gobierno, salvo que, previamente, se ponga al día o que, en consideración a las particulares circunstancias que pudieran ocurrir en el deudor, por acuerdo de la Junta de Gobierno, se le dispense o difiera en el pago total o parcial de las cantidades adeudadas.